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Cómo funciona el plan para pagar deudas de ABL y patentes de AGIP: requisitos, intereses y fechas límites

La medida alcanzará a las obligaciones vencidas antes del 1° de octubre de 2026 que se encuentren en instancia administrativa y cumplan con los límites establecidos por el organismo recaudador.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) habilitó un nuevo plan de facilidades de pago para que los contribuyentes porteños puedan regularizar deudas de ABL y Patentes con una reducción de los intereses resarcitorios.

El régimen, que comenzó a regir el 15 de octubre y estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026, contemplará dos alternativas:

  • cancelar el monto adeudado en un solo pago,
  • financiarlo en hasta 12 cuotas sin intereses adicionales.

La medida alcanzará a las obligaciones vencidas antes del 1° de octubre que se encuentren en instancia administrativa y cumplan con los límites establecidos por el organismo recaudador.

¿Cómo funcionará el plan de pagos de deudas de ABL y Patentes de AGIP?

El nuevo plan de AGIP contemplará una condonación total de los intereses resarcitorios para quienes cancelen la deuda al contado. En cambio, quienes opten por la financiación podrán acceder a una reducción del 50% de esos recargos y distribuir el pago en hasta 12 cuotas sin interés de financiación.

La diferencia entre ambas opciones estará en el monto final. Mientras que el pago único permitirá eliminar todos los intereses resarcitorios acumulados, el esquema en cuotas mantendrá la mitad de esos conceptos. En ninguno de los casos se reducirá el capital original adeudado.

¿Cuáles serán los requisitos para ingresar al plan de pagos de ABL y Patentes de AGIP?

Para ingresar al régimen de facilidades de pago de AGIP, la deuda no podrá superar los $5.940.000 por partida inmobiliaria o dominio automotor y por impuesto. El límite se calculará sobre el capital original, sin sumar los intereses acumulados. Además, las obligaciones deberán encontrarse en instancia administrativa, por lo que quedarán excluidas aquellas que estén en etapa judicial.

También podrán incorporarse determinadas deudas de planes de facilidades anteriores que hayan sido declarados caducos o nulos antes del 1° de octubre de 2026.

¿Cómo se realizará el trámite para ingresar al plan de pagos de ABL y Patentes de AGIP?

La adhesión se realizará de manera digital a través del Portal del Contribuyente de AGIP. Para iniciar el trámite, será necesario ingresar en el sitio oficial del organismo, seleccionar la opción "Plan de Facilidades" y elegir el impuesto que se desea regularizar.

Luego, el contribuyente deberá revisar los períodos y los importes pendientes, definir la modalidad de pago y completar los datos requeridos por el sistema. Para finalizar, deberá contar con Domicilio Fiscal Electrónico e informar una Clave Bancaria Uniforme (CBU).

Tanto el pago al contado como las cuotas se debitarán automáticamente de la cuenta bancaria informada. Los vencimientos mensuales operarán el día 10 de cada mes.

Los contribuyentes podrán adherirse hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que sus obligaciones cumplan con los requisitos previstos por AGIP.

El plan también establecerá condiciones para conservar los beneficios. Si se acumulan dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, y transcurren 60 días desde el vencimiento de la segunda sin regularizar la situación, el acuerdo caducará. Lo mismo ocurrirá si queda impaga la última cuota y pasan 60 días desde su vencimiento. En esos casos, se volverán a imputar los intereses resarcitorios que habían sido condonados.

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