¿Cuál es la marca de lavandina que prohibió la ANMAT en todo el país?
A través de la Disposición 6539/2026, se dio curso a la inhibición conforme a las atribuciones dispuestas en los incisos i), l), y ñ) del artículo 8º del Decreto Nº 1.490/92.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la elaboración, uso, distribución y publicidad, en todo el país de una marca de lavandina por presentar irregularidades en sus registros sanitarios.
A través de la Disposición 6539/2026 publicada en la edición matutina del Boletín Oficial (BORA), se dio curso a la inhibición conforme a las atribuciones dispuestas en los incisos i), l), y ñ) del artículo 8º del Decreto Nº 1.490/92.
"Prohíbese la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto “AGUA LAVANDINA, marca; 656 PROFESIONAL”, hasta tanto cuente con los correspondientes registros sanitarios", puntualizó el artículo 1° del texto firmado por el titular de la ANMAT, Eduardo Fontana.
ANMAT
Según detalló el organismo regulador en el Considerando, las actuaciones citadas se iniciaron en virtud de una consulta realizada por un particular recibida por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud por la cual se tomó conocimiento sobre la comercialización del producto, sin registro tramitado.
"La consulta fue realizada debido a la existencia de dudas sobre la legitimidad del producto, verificándose posteriormente que el producto no se encontraba inscripto, sin poder identificarse un establecimiento responsable de la elaboración del mismo", amplió la ANMAT.
La ANMAT prohibió una lavandina por no contar con registro sanitario
Por ello, el ente sanitario estableció que los afectados podrán cuestionar la prohibición mediante los recursos previstos en la normativa, dentro de los plazos establecidos. Aunque la resolución agota la vía administrativa, la medida también puede ser impugnada judicialmente, de acuerdo con las condiciones y los plazos legales aplicables.
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