Sociedad

La Corte Suprema ratificó el fallo Levinas y considera al Tribunal Superior porteño como instancia de apelación de fueros nacionales

Los jueces confirmaron que el TSJ de CABA debe revisar todas las apelaciones de la justicia nacional antes que la Corte Suprema.

La Corte Suprema de Justicia ratificó nuevamente su criterio establecido en el precedente Levinas, confirmando que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ CABA) funciona como "superior tribunal de la causa" para todos los procesos que tramitan ante la justicia nacional ordinaria con asiento en la Capital Federal.

La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, quienes conformaron mayoría junto a los conjueces Patricia Moltoni (Cámara Federal de Santiago del Estero) y Pablo Candisano Mera (Cámara Federal de Bahía Blanca), designados por sorteo. El ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, manteniendo su postura contraria al criterio fijado en el fallo Levinas.

La necesidad de convocar conjueces se originó tras la renuncia del juez Juan Carlos Maqueda en diciembre de 2024, que redujo la composición del máximo tribunal a tres miembros. Estos mismos conjueces deberán resolver casos similares para mantener la coherencia jurisprudencial.

El nuevo pronunciamiento surgió en el marco de una causa civil iniciada por los hijos de un hombre fallecido contra Haras El Moro S.A. La Cámara Civil había revocado un fallo de primera instancia, y la demandada intentó plantear un recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ porteño. La Cámara Civil rechazó este recurso argumentando que no existía previsión legal para tal procedimiento en la justicia nacional.

Conflicto jurisdiccional y resolución

Tal como lo informa la Revista Quorum, el TSJ porteño, aplicando el criterio establecido en Levinas, anuló la negativa de la Cámara Civil y dispuso que se diera traslado del asunto a las partes interesadas. La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil rechazó lo resuelto por el tribunal local, considerando que el recurso admitido no se encontraba previsto en la legislación y que la demandada debía acudir directamente a la Corte Suprema.

Ante este choque jurisdiccional, el TSJ elevó las actuaciones al máximo tribunal nacional para que dirimiera la controversia. La Procuración General de la Nación dictaminó que el tribunal local no era competente, pero los jueces Rosatti y Lorenzetti, acompañados por los conjueces, insistieron con su criterio.

"Por aplicación de la doctrina establecida por el Tribunal en la Competencia 'Ferrari, María Alicia', se establece que en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el superior tribunal de la causa al que se refiere el artículo 14 de la ley 48 y, en consecuencia, resulta competente para revisar la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil", decidió la Corte.

Impacto en el sistema judicial porteño

Esta resolución consolida un criterio de obligatoriedad: los litigantes deberán agotar la vía ante el TSJ porteño antes de acudir a la Corte Suprema en casos que involucren la justicia nacional ordinaria. Esto implica una reformulación del esquema recursivo tradicional, alineándolo con los procesos judiciales provinciales.

La decisión se fundamenta en la autonomía jurídica que adquirió la Ciudad tras la reforma constitucional de 1994, cuando Buenos Aires obtuvo plena autonomía como provincia. En consecuencia, su TSJ puede funcionar como "tribunal superior" según el artículo 14 de la Ley 48 en las causas que se tramitan ante la justicia nacional con asiento en la Ciudad.

El fallo refuerza una línea jurisprudencial ya delineada en precedentes como Levinas, Strada, Di Mascio y Chacón, sin hacer referencia al traspaso pendiente de la Justicia Nacional a la órbita porteña, pero subrayando la autonomía de la Ciudad y su derecho a contar con un poder judicial propio.

Resistencia y adaptación del sistema

Este criterio modificó profundamente la manera de litigar en la Ciudad de Buenos Aires. Las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Laboral, Comercial y la Cámara del Crimen se pronunciaron cuestionando la decisión de la Corte en el caso Levinas. Sin embargo, más allá de la resistencia de los jueces nacionales, los abogados deben plantear sus recursos ante ambos tribunales, el local y el nacional, como medida precautoria.

El TSJ porteño ya resolvió algunos asuntos que le llegan en apelación de los tribunales nacionales, pero aún debe fijar criterios en más de un millar de causas de este tipo que se acumulan. Son especialmente esperados por el mundo jurídico los fallos sobre casos laborales para conocer el criterio del tribunal porteño sobre los criterios de actualización de las indemnizaciones y multas.

La resolución no aborda el traspaso de la Justicia Nacional al ámbito porteño, pero implica en la práctica un avance en ese sentido al otorgar mayor poder a la Justicia de la Ciudad. La Corte reafirmó su concepción de la autonomía de Buenos Aires como entidad federada, reconociendo su capacidad para tener un Poder Judicial y un tribunal superior propios.

Hotesur - Los Sauces: empieza el juicio por lavado de dinero contra Cristina y Máximo Kirchner

Hotesur - Los Sauces: empieza el juicio por lavado de dinero contra Cristina y Máximo Kirchner
  • Debate. El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comienza abrirá el tercer proceso judicial por corrupción contra la expresidenta Cristina Kirchner, además de tener por primera vez en el banquillo de los acusados al diputado Máximo Kirchner.
  • Inicio. La primera audiencia está prevista para este viernes en la Sala AMIA de los tribunales de Comodoro Py, a la que ambos asistirán de manera virtual.
  • Lavado de dinero y asociación ilícita. La investigación se centra en un mecanismo que habría usado la firma hotelera e inmobiliaria para blanquear retornos provenientes de la obra pública.
  • Acusados y testigos. Las causas tienen 19 acusados, entre ellos Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa. En total, ambas causas reunían más de 300 testigos, pero las partes acordaron reducir la lista para darle celeridad al debate.

ANDIS: Lijo citó a indagatoria a directivos de la Droguería Suizo Argentina y decretó la inhibición de sus bienes

ANDIS: Lijo citó a indagatoria a directivos de la Droguería Suizo Argentina y decretó la inhibición de sus bienes
  • Indagatorias y bienes inhibidos. A pedido de los fiscales Franco Picardi y Sergio Rodríguez, el juez Ariel Lijo citó para el 29 de octubre a los hermanos Jonathan y Emanuel Kovalivker. En total convocó a 36 imputados, que declararán hasta el 26 de noviembre, y decretó la inhibición general de bienes de todos los involucrados para evitar que los activos se vuelvan inalcanzables para el Estado.
  • Una droguería que actuaba como “dueña” de la agencia. Según los fiscales, la Suizo Argentina recibía información anticipada, controlaba las compulsas, fijaba precios con sobreprecios y usaba a Génesis S.A. como firma interpuesta. También habría dado órdenes sobre a qué firmas pagar y a quién designar o despedir dentro de la ANDIS.
  • Más de $137.000 millones en compras. Entre mayo de 2024 y agosto de 2025, la droguería obtuvo órdenes de compra por esa cifra, que los fiscales atribuyen a competencias simuladas y valores arbitrarios. Lijo también amplió la indagatoria de tres ya procesados por asociación ilícita: Atchabahian, Calvete y Arnaudo.
  • La versión de la empresa. Suizo Argentina rechazó las imputaciones y los sobreprecios y cuestionó las pruebas incorporadas a la causa, que calificó como un relato armado con mensajes y audios de personas que, según la compañía, en algunos casos nunca tuvieron vínculo con ella. Sostuvo que la ANDIS era uno de más de 10.000 clientes y que el 95% de su facturación proviene del sector privado, y afirmó que “la inocencia es total”.

Diputados aprobó una batería de proyectos clave: las victorias y los deslices libertarios

Diputados aprobó una batería de proyectos clave: las victorias y los deslices libertarios
HCDN
  • Ley de Fortalecimiento al Sistema de Discapacidad. Tuvo media sanción con un consenso prácticamente unánime, un punto central del debate en medio de las discusiones por la situación de los prestadores y el financiamiento de las prestaciones. Se trata del proyecto de LLA, PRO, UCR, posteriormente empujado por el MID y Argentina Federal.
  • Inviolabilidad de la Propiedad Privada. El proyecto volvió al Senado tras ser modificado en Diputados por un margen ajustado (124 a 119), ya que incluyó la restitución de los límites a la titularidad extranjera de tierras rurales.
  • Vandalismo rural. Obtuvo media sanción el proyecto del PRO que pena con hasta 10 años de prisión los daños a la producción agropecuaria, silobolsas e instalaciones rurales.
  • Trazabilidad de medicamentos. Tras la crisis del fentanilo contaminado, se dio media sanción con respaldo transversal al sistema SNATECS para monitorear medicamentos de alto riesgo e insumos críticos. La iniciativa es empujada por la libertaria Giudici.
  • Endeudamiento familiar. Tras más de 15 horas de sesión y por falta de apoyo a su dictamen, La Libertad Avanza logró postergar el debate por morosidad crediticia y que así no se trate la iniciativa opositora.
  • Transferencia de un inmueble nacional. Se le dio media sanción al proyecto radical para pasar a título gratuito a la provincia del Chaco un inmueble de 6,2 hectáreas de Nación, donde funciona el Centro de Acopio y Embarque Barranqueras (CAEB).

Argentina declaró "terroristas" a cinco organizaciones internacionales vinculadas al crimen y al narcotráfico

Argentina declaró terroristas a cinco organizaciones internacionales vinculadas al crimen y al narcotráfico
  • Cártel de Sinaloa (México). Es una organización criminal transnacional dedicada al narcotráfico, contrabando, secuestros extorsivos y otras actividades delictivas, que ya ha sido designada como organización terrorista por múltiples países, incluido Estados Unidos.
  • La Nueva Familia Michoacana (México). Es una organización criminal mexicana que se especializa en el tráfico internacional de drogas y la minería ilegal, con una alarmante expansión regional.
  • Los Tiguerones (Ecuador). Es un cártel de origen ecuatoriano que se especializa en actividades de narcotráfico y sicariato, siendo una de las organizaciones criminales más violentas de la región.
  • FARC-EP y EL (Colombia). Son organizaciones guerrilleras insurgentes de extrema izquierda, basadas en la ideología y los principios del marxismo-leninismo y la revolución armada.