La Fiscalía apoya indultar de nuevo a Oriol Junqueras tras fracasar la ley de amnistía
Así lo expresó la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Conde, lo que de confirmarse permitirá al expresidente de ERC volver a la política
Así lo expresó la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Conde, lo que de confirmarse permitirá al expresidente de ERC volver a la política
La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, respaldó el pedido para dar un nuevo indulto al exvicepresidente de Cataluña, Oriol Junqueras, tras la conclusión en julio del alto tribunal de que la ley de amnistía no puede aplicarse al delito de malversación.
Así, el líder independentista dejaría atrás su inhabilitación que se extiende hasta 2031 y regresar a la actividad política.
"Parece pertinente al ser excesivo que se siga cumpliendo la pena de inhabilitación, atendiendo a las circunstancias en que el delito se cometió", dijo la número dos del fiscal general sobre el caso de Junqueras en respuesta a un particular ajeno al procedimiento sobre el expresidente de ERC.
Junqueras y los otros condenados por malversación de caudales, los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, siguen cumpliendo la pena de inhabilitación que se les impuso en la sentencia de octubre de 2019.
El escrito de Sánchez Conde dice que su condena "ha generado una profunda convulsión en la sociedad catalana" que justifica la amnistía.
Sánchez Conde también consideró que el artículo 1 de la ley de amnistía incluye toda "responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Catalunya el 9 de noviembre de 2024 y 1 de octubre de 2017".
En tanto, el pedido de indulto sigue su trámite habitual por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y en esta instancia recabó el parecer de la fiscalía y del tribunal sentenciador, la Sala Segunda del Supremo Tribunal, que se niega a aplicar la amnistía por considerar que la malversación que derivó en la condena está dentro de las excepciones de la ley de amnistía, por tratarse de un enriquecimiento personal vetado en esa norma.
Sánchez Conde expresa también que "en la hipótesis de que el parecer de esa Sala adquiera firmeza y se entienda que los hechos que determinaron la condena por malversación de la sentencia no son susceptibles de ser amnistiados", procede "la concesión del indulto solicitado".
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