Después de la pasta dental, la ANMAT prohibió ahora la venta de tres aceites de oliva y un azúcar
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) inhabilitó una nueva tanda de productos para su venta en Argentina.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) inhabilitó una nueva tanda de productos para su venta en Argentina.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó este miércoles una nueva tanda de productos inhabilitados para su venta en Argentina.
Al igual que la medida adoptada para la pasta dental Colgate Total Clean Mint luego de que se reportaran 21 casos de reacciones adversas en el país y 11.400 en Brasil, el organismo conducido por Nélida Agustina Bisio prohibió ahora la elaboración, fraccionamiento y venta de tres aceites de oliva y un azúcar.
A través de las Disposiciones 5093/ 5095 y 5096, la ANMAT prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización en Argentina del Aceite de Oliva extra virgen de la marca "Los Ayllos"; el aceite de oliva extra virgen, sabor intenso de la firma "Olivares del Rey" y del aceite de oliva extra virgen clásico de la marca "Valle de Tunuyán"; respectivamente.
Según detalló el organismo de control sanitario en los tres escenarios se detectaron ausencia de registros de establecimiento y de producto, además de estar falsamente rotulado al exhibir números de RNPA y RNE pertenecientes a otro elaborador, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
La ANMAT prohibió también la elaboración, fraccionamiento y comercialización en toda Argentina del azúcar común tipo A de la marca "Dulzura" de la provincia de Tucumán, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE inexistente y un número de RNPA perteneciente a otro elaborador, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Las actuaciones se iniciaron a partir de una consulta proveniente de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) acerca de la genuinidad del artículo por no cumplir con la normativa alimentaria vigente.
"El Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Salta realizó la CF N° 4329 a la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán en relación al número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE), quien indicó que el registro N° 23001241 es inexistente", sumó el texto oficial.
En consecuencia, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N° 4421 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA, lo que habilitó a adoptar la medida restrictiva a nivel país.
A través de las Disposiciones 5034, 5035 y 5036 se dio curso a la inhibición de venta de tres artículos por presentar desde ausencia de las habilitaciones sanitarias necesarias hasta ser catalogados como falsificados.
ANMAT prohíbe el uso, distribución y comercialización de la crema dental anticaries con flúor Colgate Total Clean Mint en Argentina.
A través de la Disposición 5707/2026 firmada por el titular del área Eduardo Fontana, se dio curso a la inhibición de comercialización luego de advertir que el artículo no constaba con la inscripción vigente.
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