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El juez Lijo ordenó a la RAE que suprima una acepción de la palabra "judío" por considerarla discriminatoria

El magistrado también pide que se ordene el inmediato bloqueo del sitio web hasta tanto la RAE cumpla con la decisión.

El juez federal Ariel Lijo ordenó este jueves a la Real Academia Española (RAE) que suprima inmediatamente del Diccionario de la Lengua Española la quinta acepción de la palabra “judío, a” en donde se describe a esa persona como “avariciosa o usurera” por “configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos”.

Lijo, el juez que el Gobierno propone para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sostuvo en su fallo que se trata de una ofensa contra la dignidad humana y dispuso además que el Ente Nacional de Comunicaciones ordene el inmediato bloqueo del sitio web hasta tanto la RAE cumpla con la decisión, revelaron fuentes judiciales.

“A la luz de la amplia tutela de la que goza el derecho a la libertad de religión y las consideraciones de hecho formuladas en la presente, ordenaré a la Real Academia Española que suprima inmediatamente —esto es, sin la previa intervención de las Academias de la Lengua Española— la quinta acepción de la palabra ‘judío, a’ por configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos.

Añade: "A sus efectos, libraré exhorto al Reino de España en los términos de los artículos 28.1 y 30 del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal suscripto con esa nación”, dijo el juez en la resolución.

“No debe perderse de vista que los requerimientos articulados mediante mecanismos de cooperación internacional se caracterizan por una lentitud que no resulta compatible con el caso de autos. Tampoco debe olvidarse que los numerosos reclamos formulados ante las autoridades de la Real Academia Española no fueron atendidos, o bien recibieron una respuesta inaceptable desde la óptica de los derechos humanos”.

La causa se inició el 28 de agosto pasado cuando Claudio Gregorio Epelman, en su carácter de apoderado de la Fundación Congreso Judío Mundial, y Jorge Knoblovits, en su carácter de presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), radicaron una denuncia penal contra Santiago Muñoz Machado, director de la Real Academia Española, así como también contra toda otra persona humana responsable que integre dicha organización. Los acusaron de incitar al odio contra la colectividad judía a través de la acepción discriminatoria del término “judío, a”. Allí se describe: “dicho de una persona: avariciosa o usurera”.

La presentación sostuvo que se estaba violando la ley 23.592, que reprime con prisión de un mes a tres años a los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.

Por ello, los denunciantes afirmaron que la acepción que publica la Real Academia Española y que es aquí cuestionada constituye “un discurso de odio, definido por la Organización de las Naciones Unidas como ‘cualquier forma de comunicación de palabra, por escrito o a través del comportamiento, que sea un ataque o utilice lenguaje peyorativo o discriminatorio en relación con una persona o un grupo sobre la base de quiénes son o, en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otro factor de identidad’”.

La presentación agregó que en noviembre del año 2021 el Congreso Judío Latinoamericano le envió una carta a Santiago Muñoz Machado, en su carácter de director de la Real Academia Española, solicitando la supresión de la quinta acepción del vocablo “judío, a” del diccionario de dicha institución.

El 30 de enero de 2023 llegó la respuesta: “De acuerdo con los criterios establecidos para el Diccionario de la lengua española, no es posible eliminar una acepción cuando está avalada por el uso —como sucede en este caso—, por más que pueda resultar socialmente inapropiada o reprochable. Sin embargo, se ha considerado oportuno añadir la indicación de que su uso puede resultar ofensivo o discriminatorio”, enmienda que dio lugar a la redacción actual: “Dicho de una persona: avariciosa o usurera. U. como ofensivo o discriminatorio”.

Frente a eso, en septiembre de 2023, más de 20 comunidades judías hispanohablantes congregadas en el Congreso Judío Latinoamericano volvieron a hacer un pedido similar, junto a las autoridades del entonces INADI, y el Representante Especial contra el Antisemitismo y el Representante Especial ante la Alianza para la Memoria del Holocausto de la Argentina, correspondiente al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y la Presidencia de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo de la República Oriental del Uruguay, respaldos todos expresados mediante diversos documentos que asimismo acompañan la denuncia. Todo eso dio impulso a la denuncia penal en donde se reclamó además una medida cautelar para cesar con el ilícito.

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ANDIS: Lijo citó a indagatoria a directivos de la Droguería Suizo Argentina y decretó la inhibición de sus bienes

  • Indagatorias y bienes inhibidos. A pedido de los fiscales Franco Picardi y Sergio Rodríguez, el juez Ariel Lijo citó para el 29 de octubre a los hermanos Jonathan y Emanuel Kovalivker. En total convocó a 36 imputados, que declararán hasta el 26 de noviembre, y decretó la inhibición general de bienes de todos los involucrados para evitar que los activos se vuelvan inalcanzables para el Estado.
  • Una droguería que actuaba como “dueña” de la agencia. Según los fiscales, la Suizo Argentina recibía información anticipada, controlaba las compulsas, fijaba precios con sobreprecios y usaba a Génesis S.A. como firma interpuesta. También habría dado órdenes sobre a qué firmas pagar y a quién designar o despedir dentro de la ANDIS.
  • Más de $137.000 millones en compras. Entre mayo de 2024 y agosto de 2025, la droguería obtuvo órdenes de compra por esa cifra, que los fiscales atribuyen a competencias simuladas y valores arbitrarios. Lijo también amplió la indagatoria de tres ya procesados por asociación ilícita: Atchabahian, Calvete y Arnaudo.
  • La versión de la empresa. Suizo Argentina rechazó las imputaciones y los sobreprecios y cuestionó las pruebas incorporadas a la causa, que calificó como un relato armado con mensajes y audios de personas que, según la compañía, en algunos casos nunca tuvieron vínculo con ella. Sostuvo que la ANDIS era uno de más de 10.000 clientes y que el 95% de su facturación proviene del sector privado, y afirmó que “la inocencia es total”.