Los Empleados de Comercio de la rama general cobrarán en octubre 2026 la liquidación salarial de septiembre con el tercer tramo de actualización salarial acordado en la última revisión paritaria.
El entendimiento de 5,7% sellado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) junto a la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca), se traducirá en un aumento de 1,9% del básico para el pleno de los mercantiles alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
"Todos los incrementos porcentuales se liquidarán tomando como base los básicos convencionales correspondientes al mes de junio de 2026 con más las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha. Todo ello de conformidad con las escalas salariales que se acompañan y forman parte del presente", reseña el segundo artículo del texto homologado por el Ministerio de Capital Humano.
Además, los Empleados de Comercio que presenten servicios el próximo lunes 28 recibirán el adicional correspondiente a una jornada de feriado trabajado, escenario resultante de las celebraciones del Día del Empleado de Comercio 2026.
¿Cuánto cobran los Empleados de Comercio en octubre 2026?
Los Empleados de Comercio de la rama general cobrarán en octubre 2026 la liquidación salarial de septiembre, con el tercer y último aumento de los básicos.
La mejora de 1,9%, adicionará también la Suma No Remunerativa de $ 120.000 devenida de los últimos dos acuerdos sellados por la FAECyS.
Además, se mantendrán los cálculos correspondientes por Antigüedad, Presencialidad y Feriado, este último dado ante la eventual prestación de servicios el próximo lunes 28 de septiembre, fecha reasignada para la celebración del Día del Empleado de Comercio 2026.
Escalas Empleados de Comercio FAECyS de septiembre 2026
Categoría: Maestranza
- Maestranza A: $ 1.303.900 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Maestranza B: $ 1.307.292 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Maestranza C: $ 1.319.176 (Básico + Suma No Remunerativa)
Categoría: Administrativo
- Administrativo A: $ 1.316.632 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Administrativo B: $ 1.321.729 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Administrativo C: $ 1.326.821 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Administrativo D: $ 1.342.103 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Administrativo E: $ 1.354.836 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Administrativo F: $ 1.373.514 (Básico + Suma No Remunerativa)
Categoría: Cajeros
- Cajeros A: $ 1.320.875 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Cajeros B: $ 1.326.821 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Cajeros C: $ 1.334.462 (Básico + Suma No Remunerativa)
Categoría: Personal Auxiliar
- Personal Auxiliar A: $ 1.320.875 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Personal Auxiliar B: $ 1.329.365 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Personal Auxiliar C: $ 1.357.383 (Básico + Suma No Remunerativa)
Categoría: Auxiliar Especializado
- Auxiliar especializado A: $ 1.331.067 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Auxiliar especializado B: $ 1.346.346 (Básico + Suma No Remunerativa)
Categoría: Vendedores
- Vendedores A: $ 1.320.875 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Vendedores B: $ 1.346.349 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Vendedores C: $ 1.354.836 (Básico + Suma No Remunerativa)
- Vendedores D: $ 1.373.514 (Básico + Suma No Remunerativa)
¿Cómo calcular la Antigüedad para los Empleados de Comercio?
El cálculo de Antigüedad para los Empleados de Comercio englobados en el CCT 130/75 estará dado por el resultante de aplicar el 1% del Salario Básico + Suma No Remunerativa.
¿Cómo calcular la Presencialidad para los Empleados de Comercio?
El adicional por asistencia y puntualidad del artículo 40 del CCT 130/75 estará dado por la doceava parte resultante del Salario Básico + Suma No Remunerativa y Antigüedad.
¿Cómo calcular el Feriado trabajado para los Empleados de Comercio?
Salario Básico + Antigüedad + Presencialidad / 25 = Jornada de feriado trabajado.