Economía

Día del Empleado de Comercio: la FAECyS confirmó el cambio de fecha y anunció cómo se pagará la jornada

El entendimiento fue firmado por el secretario general de la entidad gremial, Armando Cavalieri, y representantes de las tres cámaras empresariales.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) acordó con las cámaras empresarias trasladar el Día del Empleado de Comercio 2026 del sábado 26 al lunes 28 de septiembre.

El entendimiento fue firmado por el secretario general de la entidad gremial, Armando Cavalieri, y representantes de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).

La fecha original se disponía a ejecutarse como el Día del Empleado de Comercio el 26 de septiembre, según lo establecido por la Ley 26.541.

El acuerdo deberá ser homologado por la Secretaría de Trabajo para que quede formalmente vigente.

¿Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio 2026?

El lunes 28 de septiembre, fecha en la que se celebrará el Día del Empleado de Comercio, tendrá el tratamiento correspondiente a un feriado. Los empleados que no trabajen durante esa jornada deberán percibir su remuneración habitual, sin que el descanso implique una reducción salarial.

En cambio, quienes sean convocados a prestar tareas deberán cobrar la jornada trabajada con un recargo del 100%, de acuerdo con el régimen nacional. Para los trabajadores mensualizados, esto implica percibir el salario habitual más el importe correspondiente al día trabajado.

La FAECyS acordó trasladar el Día del Empleado de Comercio 2026

La FAECyS acordó trasladar el Día del Empleado de Comercio 2026

El lunes 28 no podrá utilizarse como franco compensatorio del descanso semanal. Por lo tanto, ese descanso no reemplaza el franco semanal que corresponda al trabajador.

Los establecimientos comerciales no están obligados a cerrar durante esa jornada. Si un comercio permanece abierto y requiere personal, los empleados podrán trabajar bajo las condiciones salariales previstas para un feriado.

¿Cuánto calcular el pago por el Día del Empleado de Comercio trabajado?

Para calcular el pago por la prestación de servicios durante el Día del Empleado de Comercio, cada trabajador de la rama general deberá tomar el monto resultante de sumar el valor del salario básico de septiembre, junto a la antigüedad y la presencialidad y dividirlo por 25.

Salario Básico + Antigüedad + Presencialidad / 25 = Jornada de feriado trabajado.

Escalas Empleados de Comercio de septiembre 2026

Categoría: Maestranza (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Maestranza A: $ 1.303.900
  • Maestranza B: $ 1.307.292
  • Maestranza C: $ 1.319.176

Categoría: Administrativo (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Administrativo A:$ 1.316.632
  • Administrativo B: $ 1.321.729
  • Administrativo C: $ 1.326.821
  • Administrativo D: $ 1.342.103
  • Administrativo E: $ 1.354.836
  • Administrativo F: $ 1.373.514

Categoría: Cajeros (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Cajeros A: $ 1.320.875
  • Cajeros B: $ 1.326.821
  • Cajeros C: $ 1.334.462

Categoría: Personal Auxiliar (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Personal Auxiliar A: $ 1.320.875
  • Personal Auxiliar B: $ 1.329.365
  • Personal Auxiliar C: $ 1.357.383

Categoría: Auxiliar Especializado (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Auxiliar especializado A: $ 1.331.067
  • Auxiliar especializado B: $ 1.346.346

Categoría: Vendedores (Básico + Incremento No Remunerativo + Recomposición)

  • Vendedores A: $ 1.320.875
  • Vendedores B: $ 1.346.349
  • Vendedores C: $ 1.354.836
  • Vendedores D: $ 1.373.514