La Corte Suprema le pone limite a las indemnizaciones.
La Corte suprema le pone freno a las indemnizaciones laborales millonarias
El máximo tribunal desestimó una sentencia de la Cámara laboral que fijaba el pago de una indemnización de 137 millones de pesos
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Laboral que ordenaba el pago de más de $137 millones de indemnización por despido y elevaba en casi un 20.000% el monto de condena de primera instancia.
El fallo que es leído en los ámbitos de la política a tono de la época revocó además un fallo de la Cámara del Trabajo y volvió a poner un límite a la manera de calcular los intereses de la indemnización por despido de un trabajador
La demanda se presentó contra Directv Argentina S.A., Santa Fe Celular S.R.L. y otras personas por diversos conceptos salariales e indemnizaciones originadas en un despido indirecto ocurrido el 11 de julio de 2013.
En una primera instancia se hizo lugar al reclamo y se condenó a pagar a los responsables de la firma 687.735 pesos. La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó esa resolución pero ordenó que se agregaran los accesorios previstos.
Sin embargo, la compañía cuestionó la decisión con un recurso extraordinario, invocando la arbitrariedad de la sentencia. Su denegación motivó la presentación de un recurso de queja.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, "descalificó por arbitrario el criterio asentado por la CNAT", que además arrojaba "un resultado económico desproporcionado".
En los fundamentos del fallo el máximo tribunal recordó que en su reciente precedente Oliva “descalificó por arbitrario el criterio asentado por la CNAT” que establecía la utilización de tasas de interés activas con capitalización anual desde la fecha de notificación del traslado de la demanda porque arrojaba un resultado económico desproporcionado
Otro antecedente de la Corte Suprema
En otra causa, el máximo tribunal revocó un fallo que disponía el pago de una multa por retención de aportes que equivalía a 53 salarios mensuales, en un vínculo laboral que había durado un año y ocho meses.
Un juzgado de primera instancia hizo lugar al pedido de indemnización por despido y condenó a Muresco S.A. al pago de la multa por retención de aportes.
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó, en lo principal, esa sentencia. Así, por haber omitido aportes por un valor cercano a los 11.400 pesos, se impuso a la a una multa de 194.775 pesos. (NA)
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