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El Gobierno reglamentó el pago de la atención a extranjeros en hospitales públicos nacionales: a qué grupo afectará y cuáles serán las excepciones

La medida se aplica a las prestaciones sanitarias habituales. Los valores serán determinados a partir del Nomenclador de Prestaciones vigente de cada institución.

El Gobierno reglamentó este martes el procedimiento para cobrar la atención sanitaria a extranjeros que no tengan residencia permanente en el país y concurran a hospitales administrados por el Estado nacional.

La medida oficializada a través de la Resolución 1066/2026, establece que, ante eventuales escenarios, los solicitantes deberán contar con un seguro de salud o abonar previamente por las prestaciones.

Hospital Nacional Alejandro Posadas

"Queda exceptuada de la aplicación del presente toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud de la persona", agregó el artículo 2° del texto anexo.

Para acreditar la residencia, deberán presentar el DNI físico para extranjeros vigente en el que figure expresamente la categoría de “residente permanente”.

¿Quiénes deberán pagar por la atención en hospitales nacionales?

El nuevo procedimiento establece que, cuando un extranjero no pueda acreditar residencia permanente, el hospital deberá verificar si cuenta con un seguro de salud válido que cubra la prestación requerida. Si no posee cobertura, deberá cancelar previamente el arancel correspondiente.

La medida se aplica a las prestaciones sanitarias habituales y los valores serán determinados a partir del Nomenclador de Prestaciones vigente de cada institución.

Cuando el seguro presentado no cubra la totalidad del costo, el paciente podrá abonar la diferencia o afrontar el valor completo de la prestación.

Los extranjeros no residentes deberán pagar la atención no urgente en los hospitales nacionales

Para las consultas, estudios o intervenciones programadas, el procedimiento es específico: el extranjero sin cobertura será derivado al área de Facturación antes de la atención, donde se calculará el costo del servicio. Luego deberá abonar el 100% del valor presupuestado para recibir la prestación.

En el caso de quienes ingresen por una emergencia y, una vez estabilizados, continúen requiriendo atención, el hospital podrá consolidar los gastos generados desde el momento en que finalice la situación de emergencia hasta el alta clínica. Después deberá notificar la deuda al paciente o a su representante legal y otorgarle una instancia de pago.

Hospital de alta complejidad en red El Cruce

La reglamentación contempla además el mecanismo para cobrar las prestaciones a las compañías aseguradoras. El hospital deberá notificar el ingreso dentro de las primeras 24 horas, emitir luego la documentación correspondiente y enviar la factura a la empresa. Las aseguradoras tendrán un plazo de 45 días corridos para realizar la transferencia; vencido ese período, podrán iniciarse acciones judiciales para recuperar el monto adeudado.

¿Cuáles son las emergencias médicas que no se cobrarán a extranjeros no residentes?

a) Paro cardiorrespiratorio o insuficiencia respiratoria aguda grave que requiera maniobras avanzadas de reanimación o asistencia ventilatoria.

b) Obstrucción aguda de la vía aérea o compromiso respiratorio severo de cualquier etiología.

c) Shock en cualquiera de sus formas (hipovolémico, cardiogénico, séptico, distributivo, obstructivo o anafiláctico).

d) Síndrome coronario agudo, infarto agudo de miocardio y demás emergencias cardiovasculares con compromiso hemodinámico.

e) Accidente cerebrovascular isquémico o hemorrágico y otras emergencias neurológicas tiempo-dependientes susceptibles de tratamiento específico.

f) Estado epiléptico o convulsiones persistentes con compromiso del estado de conciencia.

g) Traumatismos graves, politraumatismos, traumatismo craneoencefálico severo, lesiones medulares o cualquier otra lesión traumática con riesgo vital.

h) Hemorragias masivas o activas con compromiso hemodinámico o riesgo de shock.

i) Quemaduras extensas, profundas, eléctricas, químicas o asociadas a compromiso de la vía aérea.

j) Sepsis, shock séptico u otras infecciones graves con compromiso sistémico.

k) Intoxicaciones agudas, envenenamientos o sobredosis con compromiso de funciones vitales.

l) Abdomen agudo quirúrgico, ruptura de aneurisma u otras patologías quirúrgicas con riesgo inmediato para la vida.

m) Emergencias obstétricas, incluyendo parto inminente, hemorragia obstétrica, embarazo ectópico complicado, eclampsia, preeclampsia grave, desprendimiento prematuro de placenta y cualquier otra situación que comprometa la vida de la gestante o del feto.

n) Emergencias pediátricas o neonatales con compromiso respiratorio, circulatorio o neurológico.

o) Cualquier otra condición clínica que, conforme al criterio fundado del profesional médico responsable y a los protocolos asistenciales vigentes, implique un riesgo inminente para la vida o para la conservación de una función orgánica vital.

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La ¿desagradable? aritmética electoral argentina

El Gobierno necesita reconquistar los votos de ese electorado volátil, menos polarizado y que esta geográficamente ubicado en las ciudades del interior. Es menos relevante electoralmente el conurbano bonaerense que los conurbanos de Córdoba capital y Rosario.

El Gobierno denunció penalmente a las petroleras que operan en las Islas Malvinas

  • Cancillería realizó la denuncia penal. Alcanza a cinco sociedades vinculadas a actividades hidrocarburíferas en Malvinas y la Cuenca Malvinas Norte.
  • Las empresas denunciadas. Se trata de Navitas Petroleum Development & Production Ltd.; Navitas Petroleum Atlantic Ltd.; Navitas Petroleum LP; JHI Associates Inc.; y Eco (Atlantic) Oil & Gas Ltd.
  • La acusación. Las empresas habrían avanzado en la exploración y preparación de la explotación de hidrocarburos en áreas de la Plataforma Continental Argentina sin autorización nacional.
  • Lo que se pide investigar. Posibles delitos bajo la Ley 26.659 con los que determinar la responsabilidad de las empresas, sus directivos y otras sociedades vinculadas.

Malvinas: el Gobierno evalúa sumar la pesca al régimen de sanciones

Presidencia
  • Ampliación del proyecto de sanciones. En el marco de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que se enviará al Congreso, la Casa Rosada analiza extender el esquema de sanciones —hoy centrado en las petroleras— a la actividad pesquera vinculada a licencias británicas en Malvinas.
  • Un reclamo que viene del sector. La Fundación Latinoamericana de Sostenibilidad Pesquera y el peronismo piden aplicar a la pesca el mismo criterio que se usa contra las empresas que operan en la exploración de hidrocarburos sin autorización argentina.
  • Una herramienta legal que ya existe. Desde 2008, el artículo 27 bis de la Ley Federal de Pesca exige a quienes tienen cuotas o licencias en el país declarar que no tienen vínculos con buques que pesquen sin permiso argentino en Malvinas, bajo pena de perder esos permisos.
  • El antecedente con las petroleras. Tras la cadena nacional del 3 de septiembre, Cancillería denunció a 60 empresas y personas vinculadas a proyectos petroleros como Sea Lion, alcanzando también a accionistas, directores y proveedores.
  • Presentación en Diputados. El proyecto ingresará el próximo lunes por la Cámara baja, con Presti (Defensa) y Quirno (Cancillería) como posibles expositores; el oficialismo espera que el tratamiento comience entre fines de septiembre y principios de octubre.

Marc Jacobs, Michael Kors y otras marcas desembarcan en el nuevo shopping OH! Buenos Aires

  • Nuevo centro comercial en Recoleta. Prevé abrir sus puertas en los próximos meses en el predio del ex Buenos Aires Design, contando con 30.000 metros cuadrados, 110 locales y 30 propuestas gastronómicas.

  • Llegada de etiquetas inéditas al país. Firmas internacionales como Stella McCartney, Off-White, Golden Goose, Palm Angels, Scotch & Soda, Dsquared2 y Mandarina Duck tendrán por primera vez locales en la Argentina.

  • Moda automotriz y un esperado regreso. Maserati estrenará un espacio exclusivo destinado a su línea de indumentaria y accesorios, mientras que la firma francesa de trajes de baño Vilebrequin volverá a operar en el país.

  • Impulso importador y capitales nacionales. La llegada de estas grandes marcas globales se da en el marco de la reciente apertura de importaciones, dentro de un proyecto financiado por el grupo argentino Hatzlaja.