Sociedad

La ANMAT prohibió la venta de una nueva marca de aceite en Argentina

A través de la Disposición 6678/2025 publicada en la edición matutina del Boletín Oficial (BORA), se dio curso al cese de venta y consumo del producto originario de La Rioja luego de que presentara un número de rotulado inexistente.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la elaboración, fraccionamiento y venta en todo el país de un aceite de oliva por ser ilegal.

A través de la Disposición 6678/2025 publicada en la edición matutina del Boletín Oficial (BORA), se dio curso al cese de venta y consumo del producto de la marca Arauco, luego de que presentara un número de rotulado inexistente.

Según la ANMAT, las actuaciones citadas se iniciaron a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en relación a la genuinidad del artículo en su envase de 500 ml.

La ANMAT prohibió el aceite de oliva de la marca Arauco

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"En el marco de la investigación, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL realizó, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), las Consultas Federales (CF) Nros. 11541 y 11926 a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la Provincia de La Rioja, a fin de verificar la veracidad de la información declarada en el rótulo del producto investigado, quien indicó que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) son registros inexistentes", amplió el organismo revisor en un tramo del Considerando.

El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria de la Dirección de Legislación e Información Alimentaria para la Evaluación del Riesgo (DLEIAER) del INAL agregó que, por tratarse de un producto que no pude ser identificado en forma fehaciente, no podría ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18.284.

El Gobierno aceptó cambios clave en el proyecto de soberanía sobre Malvinas

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  • Acuerdos. El oficialismo modificó el proyecto de Defensa de la Soberanía Nacional enviado por Milei para asegurar el respaldo de bloques dialoguistas y dictaminar este martes pasadas las 17. "Es nuestra prioridad", mencionaron del bloque de Diputados.
  • Límites a las sanciones. Se acotaron las prohibiciones dirigidas a proveedores y accionistas de empresas que exploten recursos naturales en las islas sin autorización del Estado argentino.
  • Control parlamentario. El Congreso sumará facultades de supervisión y se creará una Comisión Bicameral de Seguimiento (cuatro diputados y cuatro senadores) a la que el Consejo de Seguridad Nacional deberá reportar sus medidas en un plazo de 48 horas.
  • Cambios en el artículo 111. El mismo reprime con cárcel ciertos actos contra el Estado; se cambió la figura de "desinformación masiva" por la de "campaña de injerencia extranjera", explicitando que no afectará el trabajo periodístico, académico ni diplomático, aunque mantendrá penas de 5 a 12 años de prisión.