Diá de Empleado de Comercio
Día del Empleado de Comercio 2026: la FAECyS confirmó cómo funcionarán los supermercados y shoppings
En caso de trabajar, los mercantiles del CCT 130/5 deberán cobrar un recargo del 100% por la prestación de servicios.
Diá de Empleado de Comercio
En caso de trabajar, los mercantiles del CCT 130/5 deberán cobrar un recargo del 100% por la prestación de servicios.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) confirmó el cambio de fecha de las celebraciones por el Día del Empleado de Comercio 2026.
La jornada, fijada para cada 26 de septiembre según el artículo 1° de la Ley 26.541, este año se efectivizará el próximo lunes 28, con carácter de feriado para los trabajadores del sector alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
"El 26 de septiembre es una fecha de alegría y orgullo para los empleados de comercio de nuestro país. Hace 92 años, quedó promulgada la Ley 11.729 que sentó las bases del sistema indemnizatorio de nuestro ordenamiento jurídico laboral", destacó la FAECyS a través de un comunicado firmado por su titular, Armado Cavalieri.
El traslado del Día del Empleado de Comercio no implica que todos los supermercados y comercios deban cerrar obligatoriamente sus puertas. Los establecimientos podrán prestar servicios si son atendidos por sus propietarios o por trabajadores que acepten prestar tareas durante esa jornada.
En caso de trabajar, los mercantiles alcanzados por la normativa deberán cobrar un recargo del 100%, al tratarse de una jornada con los efectos laborales de un feriado. Si optan por no concurrir, mantienen el derecho a percibir su remuneración y el día no puede ser utilizado como franco compensatorio.
Salario Básico + Antigüedad + Presencialidad / 25 = Jornada de feriado trabajado.
Los mercantiles de la rama general percibirán un incremento de 1,9% del básico, junto a la Suma No Remunerativa de más de $ 100.000.
El entendimiento, que aún resta por conseguir el aval del Ministerio de Capital Humano, estipula un incremento global de 5,4%, aplicable en tres tramos.