El proyecto de Presupuesto 2027 enviado por el Gobierno al Congreso incorpora un capítulo específico con modificaciones al régimen de discapacidad. Las principales medidas están concentradas entre los artículos 36 y 41, y alcanzan a las pensiones no contributivas, la compatibilidad con el empleo formal, el financiamiento de la emergencia y el sistema de prestaciones básicas.
Recién ingresado al Congreso, el boceto de la "ley de leyes" enviado por Javier Milei anticipa un crecimiento del PBI del 4% en 2027, así como también para los dos años siguientes. Una inflación promedio anual de 21,1%. y una de diciembre a diciembre del 18%. El dólar promedio alcanzaría los $1.728, mientras que llegado a diciembre escalaría a $1.847,60. En tanto, el salario promedio crecerá un 25,4%; el consumo privado un 3,4%; y la inversión un 9,2%.
No obstante, pese a las cifras proyectadas, la oposición durante la madrugada de este miércoles (el proyecto ingresó al Palacio Legislativo poco antes de las 23 del martes) se percató de unos detalles en el documento que cambian el régimen del sector de discapacidad. Como está previsto un plenario de las comisiones de Discapacidad y Presupuesto en Diputados este miércoles, se pondrá el grito en el cielo.
Expondrán distintos prestadores, miembros de organizaciones y beneficiarios sobre sus situaciones: hablarán por los más de 500.000 prestadores que han quebrado en los últimos años y la necesidad de la inversión para tener servicios de calidad y prevenir nuevas discapacidades. Desde La Libertad Avanza aseguraron en que el Presupuesto estará sometido a acuerdos y negociaciones; y el bloque insistió en que presentará una iniciativa aparte -junto al PRO- en favor de la situación del sector.
Presupuesto 2027 y discapacidad: la letra chica que enciende las alarmas
El artículo 36 propone modificar el artículo 6° de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793 y establece que la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral consistirá en una prestación mensual equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio garantizado por la Ley 24.241.
Pero el cambio central va por otro lado, que preocupa más a los prestadores. El artículo 37 modifica el régimen de compatibilidad laboral previsto en la Ley 27.793 y establece que la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral será incompatible con tener un vínculo laboral formal o estar inscripto en el régimen general o simplificado vigente.
La Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral será incompatible con un vínculo laboral formal o con estar inscripto en el régimen general o simplificado vigente.
La normativa actual marca que un beneficiario puede cobrar este "subsidio" mientras su sueldo sea menor a dos salarios mínimos. El proyecto elimina este esquema: cualquier persona con un vínculo laboral formal, no importa su ingreso, no podrá cobrar el beneficio.
El artículo 38 modifica el número 19 de la Ley 27.793 y establece que los gastos derivados de la emergencia serán afrontados con créditos del Ministerio de Salud, a través de los programas de pensiones no contributivas laborales. También contempla que, si los créditos previstos resultaran insuficientes, el exceso pueda ser cubierto mediante una compensación presupuestaria con partidas de la jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro.
Adiós a los valores universales de las prestaciones, pero mantiene el mínimo
Las alarmas no se apagan aún, ya que uno de los puntos más relevantes para los prestadores aparece en el artículo 39, que sustituye el artículo 7° bis de la Ley 24.901. El proyecto del Gobierno menciona que el Nomenclador de Prestaciones Básicas dejaría de incluir valores universales, por lo que los precios serían determinados por cada ente obligado en su relación con los respectivos prestadores.
"El nomenclador es la esencia del sistema, nunca había sido modificado. Iguala a todas las personas, sin importar dónde vive ni qué obra social o prepaga tiene. Gracias al sistema de prestaciones únicas reciben la misma prestación de calidad sin importar esa variable", mencionó a El Observador Argentina un transportista del sector. Adelantó que habrán modificaciones y acciones legales.
El Presupuesto 2027 establece que cuando el obligado sea el Estado nacional, los aranceles serían determinados trimestralmente por la Secretaría Nacional de Discapacidad del Ministerio de Salud, a propuesta del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas. Si esa determinación no se realiza dentro del período establecido, el Ministerio de Salud fijaría los valores tomando como referencia el IPC del INDEC.
El proyecto de ley aprobado en Diputados declara la emergencia en discapacidad en Argentina hasta diciembre de 2027.
Esto representa un cambio respecto de la legislación vigente, que establece que los valores de los aranceles del sistema deben ser iguales para todas las personas jurídicas obligadas y actualizados según el mecanismo previsto por la normativa.
El proyecto, entonces, no dice que cada obra social o prepaga pueda decidir qué terapia cubrir. Lo que establece es que ya no habrá un valor universal que rija el nomenclador, por lo que cada ente obligado determinará los precios en su relación con los prestadores.
El piso mínimo y la pensión inembargable
Mantiene la obligación de garantizar un “piso mínimo prestacional común”, con estándares de calidad, oportunidad y adecuación de las prestaciones. Por lo tanto, se descentraliza la determinación de los aranceles, pero el proyecto mantiene esta base de prestaciones.
El artículo 40 sustituye el artículo 9° de la Ley 13.478 y establece que el Poder Ejecutivo podrá otorgar una pensión inembargable a personas sin suficientes recursos, mayores de 70 años o “imposibilitadas para trabajar”, según los requisitos que establezca la reglamentación.
La reacción en la oposición y aliados
La oposición aseguró que es ilegal e inconstitucional sumar modificaciones permanentes de leyes de fondo en una ley de presupuesto. Juan Marino, diputado peronista, denunció que viola el artículo 20 de la Ley de Administración Financiera (Ley 24.156), así como el principio de progresividad y no regresividad en Derechos Humanos (en sus artículos 75 inc. 22 y 23 de la Constitución).
En tanto, los sectores aliados no recibieron con buenos ojos estos cambios del Presupuesto. Pese a haberse reunido días atrás con Mario Lugones, ministro de Salud, y con Alejandro Vilches, secretario Nacional de Discapacidad, no habrían sido advertidos de que estos puntos se incluirían y deberán definir si acompañan el proyecto en su totalidad o rechazan este capítulo.
¿Cuánto dinero prevé el Presupuesto 2027 para discapacidad?
Más allá de los cambios normativos, el borrador enviado por el Ejecutivo este martes asigna partidas específicas dentro del Ministerio de Salud para las principales políticas vinculadas con discapacidad. En miras al 2027 contempla:
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Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral: $6.094 billones.
Atención Médica a los Beneficiarios de Pensiones No Contributivas: $1.165 billones.
Acciones de Integración de Personas con Discapacidad: $7.414 millones.
Prevención y Control de Discapacidades: $8.355 millones.
En conjunto, esas cuatro partidas suman aproximadamente $7,275 billones. El programa de Acciones de Integración de Personas con Discapacidad prevé, entre otras acciones, capacitación, asistencia técnica y subsidios a personas e instituciones. Para 2027 tiene asignados $7.414 millones, de los cuales $6.674 millones corresponden a transferencias al sector privado.