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Delito de adulto, pena de adulto: la reforma al régimen penal juvenil

Es apenas correcto que las leyes y la iniciativa legislativa dejen de defender victimarios y empiecen a defender a las víctimas

Samanta Arias

La delincuencia juvenil en Argentina se ha convertido en un problema estructural que demanda una respuesta urgente y contundente. Los casos recientes de crímenes violentos perpetrados por menores, como el asesinato de Kim Gómez en La Plata a manos de un delincuente de 15 años o el homicidio del playero Bruno Bussanich en Rosario, evidencian una realidad alarmante: el sistema penal actual no está preparado para enfrentar la creciente participación de menores en delitos graves.

Por ello, la propuesta del presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, de bajar la edad de imputabilidad a 13 años y establecer un nuevo régimen penal juvenil no solo es pertinente, sino imprescindible. Este enfoque, que combina sanciones proporcionales con medidas de resocialización, busca romper el ciclo de impunidad y ofrecer una solución integral a un fenómeno que afecta tanto a las víctimas como a los propios infractores.

El fundamento de esta reforma no es meramente político, sino que encuentra sustento en principios jurídicos sólidos. La legislación vigente, basada en la Ley 22.278 de 1980, establece que los menores de 16 años no son penalmente responsables, un criterio desactualizado que ignora la evolución de las dinámicas sociales y delictivas.

En el derecho comparado, países como Brasil (donde la imputabilidad comienza a los 12 años bajo el Estatuto da Criança e do Adolescente) o España (que contempla responsabilidad penal desde los 14 años según la Ley Orgánica 5/2000) han adaptado sus sistemas a realidades similares, reconociendo que los adolescentes de hoy poseen una capacidad de discernimiento suficiente para comprender la gravedad de ciertos actos.

En Argentina, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por la Ley 23.849, permite sancionar a menores siempre que se respeten garantías procesales y se priorice su reintegración, lo que da sustento constitucional a la propuesta de bajar la edad de imputabilidad.

Un sistema que proteja a la sociedad y no fomente la impunidad

La idea central del proyecto es simple y razonable: los menores que cometen delitos propios de adultos deben enfrentar consecuencias acordes, ajustadas a su edad y contexto. Esto no implica tratarlos como adultos en el sentido estricto, sino establecer un régimen diferenciado que contemple penas privativas de libertad para casos graves —como homicidios o robos agravados— y medidas alternativas, como monitoreo electrónico o trabajo comunitario, para delitos menores.

La iniciativa del gobierno da cuenta de lo que debiera ser obvio: muchos adolescentes, especialmente en entornos de marginalidad, son captados por el crimen organizado precisamente porque saben que el sistema no los alcanza. Esta impunidad no solo perjudica a la sociedad, sino que abandona a los propios menores a un destino de reincidencia y exclusión. Crea vacíos legales que alimentan la carrera delictiva, y es necesario cortarlo.

Desde una perspectiva jurídica, el nuevo régimen también responde al principio de proporcionalidad consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que exige que las penas sean adecuadas a la gravedad del delito. Hoy, un menor de 15 años que comete un asesinato no recibe sanción penal alguna, mientras que las víctimas y sus familias quedan rotas y desamparadas.

Esta asimetría vulnera el derecho a la justicia y la seguridad pública, pilares del Estado de Derecho. Además, la reforma se alinea con el artículo 75, inciso 22, que incorpora tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, el cual reconoce la necesidad de proteger a la sociedad frente a conductas delictivas, sin eximir a los menores de responsabilidad cuando esta es demostrable.

Los opositores argumentan que los delitos graves cometidos por menores son excepcionales y que el foco debería estar en la prevención y no en el castigo. Y, si bien es estadísticamente cierto que la mayoría de los ilícitos juveniles son de menor gravedad, los casos de violencia extrema —muchos vinculados al narcotráfico— han crecido exponencialmente.

Negar esta tendencia es ignorar las estadísticas y el sufrimiento social. Además, es una abdicación del Estado en su deber de garantizar seguridad a las víctimas.

La prevención no es incompatible con la sanción: un sistema penal moderno debe combinar ambas estrategias. La propuesta no busca criminalizar a la juventud ni llenar cárceles de adolescentes, sino establecer un marco legal que diferencie entre actos leves y graves y, sobre todo, marque un ejemplo moral para la sociedad: los delitos tienen consecuencias.

La sociedad argentina no puede seguir tolerando un sistema que protege la impunidad en nombre de una supuesta defensa de los derechos de los menores, mientras estos son explotados por estructuras criminales y las víctimas quedan sin respuestas.

El nuevo régimen penal juvenil, con una edad de imputabilidad a 13 años, es un paso hacia la justicia restaurativa y la seguridad colectiva.

Respaldado por principios jurídicos, experiencias internacionales y la necesidad de actualizar una ley anacrónica, este cambio, impulsado por el presidente Javier Milei, la ministra Patricia Bullrich y la presidenta de la Comisión de Legislación Penal en Diputados, Laura Rodríguez Machado, es una deuda histórica que el Congreso debe saldar cuanto antes.

Solo así se podrá construir un futuro donde los jóvenes sean protagonistas de la solución, no del problema.

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Malvinas: el Gobierno evalúa sumar la pesca al régimen de sanciones

Presidencia
  • Ampliación del proyecto de sanciones. En el marco de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que se enviará al Congreso, la Casa Rosada analiza extender el esquema de sanciones —hoy centrado en las petroleras— a la actividad pesquera vinculada a licencias británicas en Malvinas.
  • Un reclamo que viene del sector. La Fundación Latinoamericana de Sostenibilidad Pesquera y el peronismo piden aplicar a la pesca el mismo criterio que se usa contra las empresas que operan en la exploración de hidrocarburos sin autorización argentina.
  • Una herramienta legal que ya existe. Desde 2008, el artículo 27 bis de la Ley Federal de Pesca exige a quienes tienen cuotas o licencias en el país declarar que no tienen vínculos con buques que pesquen sin permiso argentino en Malvinas, bajo pena de perder esos permisos.
  • El antecedente con las petroleras. Tras la cadena nacional del 3 de septiembre, Cancillería denunció a 60 empresas y personas vinculadas a proyectos petroleros como Sea Lion, alcanzando también a accionistas, directores y proveedores.
  • Presentación en Diputados. El proyecto ingresará el próximo lunes por la Cámara baja, con Presti (Defensa) y Quirno (Cancillería) como posibles expositores; el oficialismo espera que el tratamiento comience entre fines de septiembre y principios de octubre.

Marc Jacobs, Michael Kors y otras marcas desembarcan en el nuevo shopping OH! Buenos Aires

  • Nuevo centro comercial en Recoleta. Prevé abrir sus puertas en los próximos meses en el predio del ex Buenos Aires Design, contando con 30.000 metros cuadrados, 110 locales y 30 propuestas gastronómicas.

  • Llegada de etiquetas inéditas al país. Firmas internacionales como Stella McCartney, Off-White, Golden Goose, Palm Angels, Scotch & Soda, Dsquared2 y Mandarina Duck tendrán por primera vez locales en la Argentina.

  • Moda automotriz y un esperado regreso. Maserati estrenará un espacio exclusivo destinado a su línea de indumentaria y accesorios, mientras que la firma francesa de trajes de baño Vilebrequin volverá a operar en el país.

  • Impulso importador y capitales nacionales. La llegada de estas grandes marcas globales se da en el marco de la reciente apertura de importaciones, dentro de un proyecto financiado por el grupo argentino Hatzlaja.